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Campaña de la Renta 2022: guía rápida con todo lo que debes saber

19 MAR. 2023
TIEMPO DE LECTURA:  7 minutos
ESCRITO POR COMUNICACIÓN CORPORATIVA

Aunque todavía quedan algunas semanas para que empiece la campaña de la Renta 2022, hay cosas que ya puedes tener en cuenta antes de solicitar el borrador de tu declaración. En esta práctica guía te hablamos de las fechas más importantes y de todos los supuestos que podrían aplicar a tu situación personal.

¿Qué es la declaración de la renta?

La declaración de la renta es uno de los trámites fiscales más importantes que deben realizar los contribuyentes en nuestro país.

Este proceso permite a la Agencia Tributaria, conocida de forma coloquial como Hacienda, conocer la situación económica de los ciudadanos y, en función de ello, establecer el pago de los impuestos correspondientes.

Los ciudadanos que presenten la declaración deben reunir toda la documentación necesaria, incluidas nóminas, facturas de gastos deducibles, certificados de retenciones, información sobre bienes inmuebles y otros activos financieros.

Además, también hay que tener en cuenta las deducciones y exenciones fiscales, un punto que trataremos más adelante en este post.

 

¿Es obligatorio hacer la declaración de la Renta?

La declaración de la Renta es un trámite obligatorio para todas aquellas personas que recibieron ingresos iguales o superiores a 22.000€ en el 2022.

Esto incluye a trabajadores asalariados, autónomos, propietarios de inmuebles y otras propiedades, así como a otros individuos con ingresos imponibles.

    • Personas que han percibido el Ingreso Mínimo Vital: Aunque se trate de una renta exenta de tributación, si en 2022 recibiste el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también tendrás que presentar la declaración.
    • Pensionistas: Será obligatorio presentar la declaración de la renta para pensionistas o personas perceptoras de prestaciones pasivas de dos o más pagadores si su importe total supera los 22.000€.

 

Novedades en la campaña de la renta 2022

La campaña de la Renta es el periodo de tiempo en el que los contribuyentes presentan su declaración de impuestos sobre la renta y patrimonio del año fiscal anterior.

Como en años anteriores, este 2023 la campaña de la Renta 2022 dará comienzo en el mes de abril y terminará en el mes de junio, periodo durante el que podrás solicitar tu borrador en la web oficial de la Agencia Tributaria o solicitándolo en persona en sus oficinas físicas.

La declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2022 incluye algunas novedades:

    • Aportación a los planes de pensiones: Se reduce de los 2.000 a 1.500 euros anuales la cantidad deducible en planes de pensiones privados y se amplía de 8.000 a 8.500, en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa. Entre ambas aportaciones se podría alcanzar la cifra de 10.000 euros al año.
    • Umbrales de ingresos que obligan a presentar la renta: Como novedad en este 2023, no tendrán que declarar los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (las prestaciones por desempleo o ERTE también se consideran como un pagador) si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000 euros, a diferencia de los 14.000 euros anteriores. Este límite se aplica siempre que la suma de los ingresos entre el segundo y el resto de pagadores no exceden 1.500 euros anuales.
    • Deducción por maternidad: hasta ahora las madres sin empleo no podían acceder a la deducción por maternidad por cada hijo menor de 3 años, algo que cambia en 2023. Este año también podrán optar las madres receptoras de prestaciones contributivas o asistenciales. La deducción máxima serán 1.200 euros.
    • Modificaciones en el IRPF: Las comunidades autónomas de Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia, Andalucía y Murcia presentan novedades en los tramos del IRPF que se aplicarán con carácter retroactivo.

 

Calendario de la Renta 2022

Como te decíamos al comienzo, aunque aún faltan unas semanas para el inicio de la campaña Renta 2022, debes tener en cuenta las siguientes fechas.

    • A partir del 15 de marzo de 2023 podrás consultar y rectificar tus datos fiscales.
    • Declaración online: Solicita tu borrador y presenta tu declaración por Internet del 11 de abril al 30 de junio de 2023.
    • Declaración de la Renta telefónica
      • Solicita una cita previa para hacer tu declaración telefónica desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio de 2023.
      • Realiza tu declaración por teléfono del 5 de mayo al 30 de junio de 2023.
    • Declaración de la renta presencial
      • Solicita una cita previa para hacer tu declaración en una oficina de la Agencia Tributaria desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio de 2023.
      • Realiza tu declaración de forma presencial del 1 al 30 de junio de 2023.

 

¿Qué desgravaciones son aplicables a los propietarios de vivienda?

Al margen de las desgravaciones fiscales, también llamadas reducciones, que podrás deducirte en tu declaración de la Renta, como aportaciones a planes de pensiones, ayudas a la maternidad, pensiones compensatorias, familias numerosas, donaciones a ONGs o deducciones autonómicas, entre otras, ser propietario de una vivienda puede suponer una ventaja fiscal para ti. 

– Deducción por adquisición de vivienda habitual

Si contrataste una hipoteca para tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, podrás desgravarte el 15% del importe que hayas aportado en el año fiscal por tu casa, sobre un máximo de 9040€ por año. Es decir, que podrás desgravarte hasta 1.356€ en tu declaración.

– Deducciones por rehabilitación de vivienda

El Real Decreto-ley 19/2021 estipula deducciones fiscales del 20, 40 y 60% en las obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de los hogares en obras realizadas a partir de octubre de 2021. 

Estas deducciones están entre las medidas planteadas por el Gobierno para impulsar la rehabilitación energética de edificios y viviendas particulares a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con capital de los fondos europeos Next Generation EU.

 

Resultado de la renta ¿A devolver o a ingresar?

Nuestra declaración de la renta 2022 podrá tener tres posibles resultados: a devolver, a ingresar o declaración negativa.

    • A devolver: Significa que el resultado de nuestra declaración es negativo y que Hacienda nos tendrá que ingresar la cantidad correspondiente después de presentar la declaración. Esto es así  porque tras el cálculo total de las retenciones aplicadas, el importe es superior a la cuota resultante de liquidación y obliga a la Agencia Tributaria a la devolución de esa diferencia.

Si este fuese tu caso y pasases a formar parte del ‘team de los afortunados’, simplemente tendrás que esperar que se haga el ingreso en tu cuenta corriente. Según la Ley del IRPF,  la Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses desde el «término del plazo establecido para la presentación de la declaración». En el caso de que tarde más de ese período de seis meses, el dinero se te devolverá con los correspondientes intereses de demora. En la actualidad, este interés es del 3,75%.

    • A ingresar: El resultado será positivo y tendremos que abonar una cantidad determinada al Fisco.
    • Declaración negativa: Nuestra declaración puede resultar igual a cero.

 

Para acceder a una información más detallada sobre los cambios en esta campaña de la renta 2022 y ver cómo te afectan, te invitamos a que visites la web de la Agencia Tributaria Española o los consultes con tu gestor de confianza.

 

Descarga toda la documentación de tu préstamo en tu web

Recuerda que puedes acceder al certificado del IRPF de tu préstamo desde tu web, en la sección de «Documentación» en «mi carpeta».

Las publicaciones en el Blog de UCI, tratan temas de actualidad que pretenden ser de utilidad para nuestros lectores. No obstante, es posible que algunos de los post menos recientes contengan información no actualizada. Por ello es necesario que compruebes siempre la fecha de publicación del post.

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