Llámanos

Hablemos
Si eres cliente
L-V de 09.00 a 18.00h
Si aún no eres cliente
L-V de 10.00 a 18.00h
Notas de prensa

Claves para aplicar las deducciones por rehabilitación energética en la declaración de la Renta

  • Esta deducción puede aplicarse por las obras que hayan reducido el consumo del hogar en un 30% o hayan mejorado la calificación energética del edificio para obtener una “A” o “B”.
  • El 46% de los españoles afirma conocer este tipo de medidas fiscales. 
  • Recientemente, el Congreso ha aprobado la ampliación de estas deducciones hasta el 31 de diciembre de 2027.
FECHA DE PUBLICACIÓN: 22 ABR. 2026
TIEMPO DE LECTURA:  3 minutos

Madrid, 22 de abril de 2026.- La campaña de la Renta 2025 ha abierto el plazo para los 24 millones de contribuyentes que presentarán su declaración del IRPF este año. Desde el 8 de abril, se puede acceder al borrador a través de la página web de la Agencia Tributaria. 

Al iniciar el trámite, aparece por defecto el borrador elaborado por la propia Agencia Tributaria con los datos fiscales de cada contribuyente. Además de revisar esta información, resulta fundamental comprobar las deducciones fiscales aplicables a cada caso para conseguir un resultado más favorable. 

En este sentido, UCI, Unión de Créditos Inmobiliarios, entidad especialista en financiación sostenible, recuerda que las personas que hayan realizado obras de rehabilitación energética se pueden deducir hasta en un 60% del importe durante esta campaña de la Renta. Para poder acceder a esta deducción, es indispensable que la realización de las obras se haya producido en una vivienda propiedad del contribuyente o en el edificio en el que se ubica la misma. 

Además, las obras han tenido que ser realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, haber reducido el consumo de energía primaria no renovable como mínimo en un 30% o haber obtenido una mejora de calificación energética a “A” o “B”. 

Para demostrar la mejora en la eficiencia energética es indispensable presentar dos certificados energéticos emitidos por un técnico competente, uno realizado antes del comienzo de las obras y otro realizado cómo máximo antes del 1 de enero de 2026 y dos años después de haberse emitido el primero. 

Si se cumplen todos los requisitos, la deducción aplicable es del 60%, hasta un máximo 5.000€ anuales. Sin embargo, si la cantidad satisfecha excede la base máxima anual, se podrá deducir en los cuatro ejercicios siguientes, sin que la base acumulada de la deducción supere los 15.000€.

Por otro lado, si las obras se han llevado a cabo en una comunidad de propietarios, la deducción será aplicada a la cuantía de participación que corresponde por cada propietario.

El 46% de la población conoce estas ayudas

Los ciudadanos están cada vez más informados respecto a las deducciones que pueden disfrutar en el ámbito de la rehabilitación energética. De acuerdo con los datos del III Observatorio sobre vivienda y sostenibilidad elaborado por UCI, en el año 2023, sólo el 9% de la población conocía este tipo de medidas, mientras que, en 2025, el número de ciudadanos que conocen estas medidas se cuadriplicó hasta alcanzar el 46%. 

Además, recientemente el Congreso ha aprobado la ampliación de estas deducciones por obras de rehabilitación energética hasta el 31 de diciembre de 2027. 

SHARE